Recibir un aporte mensual de $125.000 puede significar un gran alivio para muchas familias que tienen a su cuidado niñas, niños o adolescentes con discapacidad. Este beneficio, entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS), busca apoyar económicamente a los hogares más vulnerables del país, garantizando que los menores con discapacidad mental, física o sensorial severa cuenten con recursos que contribuyan a su bienestar y desarrollo.

¿Cuánto dinero entrega el Subsidio de Discapacidad?
El monto del Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años asciende actualmente a $125.000 mensuales, y se reajusta automáticamente cada febrero, de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) registrada en los 12 meses previos.
En términos simples, el beneficio mantiene su valor real frente a la inflación, asegurando que las familias no pierdan poder adquisitivo con el paso del tiempo.
Además, este subsidio equivale al 50% del monto de la Pensión Garantizada Universal (PGU), por lo que su actualización depende directamente de los reajustes que experimente esa pensión base.
El pago se realiza mensualmente, a través de depósito en cuenta o cobro presencial, según el método escogido al momento de la solicitud.
¿Quiénes pueden recibir este subsidio?
El subsidio está destinado exclusivamente a menores de 18 años que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
-
Presenten discapacidad mental, física o sensorial severa, acreditada mediante resolución médica o credencial oficial.
-
Pertenecen al 60% más vulnerable del país, según el Registro Social de Hogares (RSH).
-
Tengan residencia continua en Chile por al menos tres años antes de la fecha de solicitud.
El beneficio debe ser solicitado por quien tiene la representación o cuidado legal del menor (padres, tutores, instituciones u organizaciones que se encuentren a su cargo).
Requisitos para acceder al Subsidio de Discapacidad
Para obtener el subsidio, deben cumplirse las siguientes condiciones generales y presentar la documentación correspondiente:
1. Condición de discapacidad acreditada
El menor debe contar con uno de los siguientes documentos vigentes:
-
Resolución de la COMPIN (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez).
-
Credencial del Registro Nacional de Discapacidad (RND), emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
Dicha acreditación debe indicar un grado de discapacidad igual o superior al 50%, ya sea de tipo mental, física o sensorial severa o profunda.
También se acepta la certificación establecida por la Ley N° 18.600, para casos de discapacidad mental.
2. Clasificación socioeconómica
El grupo familiar del menor debe estar dentro del 60% más vulnerable de la población, según los datos del Registro Social de Hogares (RSH).
Si aún no estás inscrito, puedes realizar la inscripción o actualización en www.registrosocial.gob.cl.
3. Residencia continua
Debe acreditarse una residencia continua en Chile durante al menos tres años inmediatamente anteriores a la solicitud.
Esto se verifica automáticamente mediante los registros del Servicio de Registro Civil e Identificación.
4. Situación de cuidado
En caso de que la solicitud sea realizada por una institución o persona responsable del menor, se debe presentar documentación que respalde el vínculo o custodia:
-
Resolución judicial o informe social que acredite la situación de cuidado.
-
Certificado de vigencia de la institución o de la persona jurídica responsable.
-
Poder habilitante especial (solo para gestionar el trámite ante el IPS).
Nota: el pago se efectuará directamente a la institución a cargo del menor, no al apoderado.
Cómo solicitar el Subsidio de Discapacidad paso a paso
El trámite se puede realizar en línea, por videoatención, de manera presencial o a través del municipio en convenio con el IPS.
A continuación, los pasos principales según la modalidad:
Solicitud en línea (recomendada)
-
Ingresa al portal www.chileatiende.cl.
-
Busca “Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años”.
-
Selecciona la opción “Realizar trámite en línea”.
-
Inicia sesión con tu ClaveÚnica.
-
Adjunta los documentos requeridos en formato jpg, png o pdf:
-
Certificado o resolución de discapacidad (COMPIN o RND).
-
Resolución judicial o informe social (si corresponde).
-
-
Confirma tus datos y finaliza la solicitud.
Recibirás un comprobante de ingreso que te permitirá hacer seguimiento del estado del trámite.
Solicitud presencial
También puedes realizar la solicitud en:
-
Cualquier sucursal de ChileAtiende, presentando la documentación requerida.
-
Municipios en convenio con el IPS, donde el personal de atención puede ayudarte a completar el formulario.
El apoderado o representante debe presentar:
-
Cédula de identidad vigente.
-
Poder notarial que lo habilite a realizar el trámite en nombre del menor (si no es padre o madre).
Plazos y duración del subsidio
El beneficio comienza a pagarse a partir del mes siguiente a la aprobación de la solicitud por parte del IPS.
No tiene una fecha de término establecida mientras se mantengan los requisitos de edad y condición de discapacidad.
Al cumplir los 18 años, el menor podrá postular a la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), siempre que cumpla con los criterios vigentes.
Compatibilidades y restricciones
-
Este subsidio no es compatible con pensiones u otros beneficios familiares que generen pagos mensuales similares.
-
Si el menor o su representante ya reciben otra prestación (como la Asignación Familiar), deberán renunciar a una de ellas para optar al subsidio.
-
No se considera renta imponible ni tributable, y no está sujeto a descuentos previsionales o de salud.
Si la solicitud es rechazada, ¿qué se puede hacer?
En caso de rechazo, la persona solicitante puede presentar un recurso de reposición ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
Este procedimiento permite revisar nuevamente los antecedentes y corregir posibles errores administrativos o de interpretación.
La SUSESO cuenta con un formulario específico para estos casos, disponible en su sitio web: www.suseso.cl
Evaluación y continuidad del beneficio:
Las y los beneficiarios del Subsidio de Discapacidad serán evaluados automáticamente por el IPS cuando cumplan 17 años y 6 meses.
El objetivo es determinar si cumplen los requisitos para acceder a la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) a partir de su mayoría de edad.
Durante este proceso, el IPS puede solicitar una nueva resolución de la COMPIN o una actualización de la credencial de discapacidad, por lo que es fundamental mantener estos documentos vigentes.
Si la resolución no está actualizada al momento de la revisión, el subsidio podrá ser suspendido o rechazado, hasta que se regularice la situación.
Preguntas frecuentes sobre el Subsidio de Discapacidad
1. ¿Se puede postular más de una vez?
Sí. Si la solicitud fue rechazada por falta de documentación o resolución vencida, puedes volver a postular cuando regularices la situación.
2. ¿El subsidio se paga retroactivamente?
No. El pago comienza desde el mes siguiente a la aprobación del beneficio.
3. ¿Qué pasa si el menor cambia de domicilio o de cuidador?
Debes informar inmediatamente al IPS para actualizar los datos del beneficiario y del responsable.
4. ¿Puedo cobrar el subsidio si soy tutor legal?
Sí. Los tutores, curadores o instituciones con custodia pueden cobrar el beneficio si están debidamente acreditados.
5. ¿Qué ocurre cuando el beneficiario cumple 18 años?
El IPS realiza una evaluación automática para determinar si puede acceder a la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
Información y canales de contacto del IPS
Para resolver dudas o recibir orientación personalizada sobre el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años, puedes contactar al Instituto de Previsión Social (IPS) por los siguientes medios oficiales:
-
Atención presencial: en cualquier sucursal de ChileAtiende.
Consulta la más cercana en: www.chileatiende.gov.cl/ayuda/sucursales -
Teléfonos de contacto:
-
Desde red fija: 600 440 0040
-
Desde celulares o el extranjero: +56 2 2965 4000
-
-
Sitio web oficial: www.chileatiende.cl
-
Consultas en línea: www.chileatiende.cl/contacto
-
Horario de atención: de lunes a viernes, de 08:00 a 18:00 horas.
